DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: UNICO: Decreta Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad para JUAN CARLOS VARGAS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 14.734.622, de 25 años de edad, estado civil soltero, hijo de Rito Rico e Irma Vargas, Obrero, residenciado en el Sector Potrerito S/N, Jurisdicción del Municipio Autónomo Dabajuro, del Estado Falcón, de conformidad con el Artículo 256, Ordinal 3º del Código Adjetivo Penal, que consiste en la obligación de presentarse por ante la Fiscalía Décima Cuarta del Ministerio Público cada 45 días. Líbrese la respectiva boleta de libertad. Remítase las actuaciones en su oportunidad legal a la Fiscalía Décima Cuarta del Ministerio Público para que prosiga la investigación. Quedan notificadas las partes de la presente decisión. Asimismo, expídase copia .....