Por las razones antes expuestas este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÓN, UNIÓN, BOLÍVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN. Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA de VENEZUELA y por AUTORIDAD de la Ley declara con LUGAR la RECTIFICACION del ACTA de NACIMIENTO, marcada con el Nº. 57 del año 1.968 de los libros de Registro de Nacimientos llevados por la antigua Prefectura del Municipio Unión, Distrito Federación, Estado Falcón, hoy el Registro Civil y Electoral del Municipio Unión del Estado Falcón, de la solicitante Ciudadana CARMEN ELENA COLINA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad personal N° V-11.476.664, domiciliada en la Población de Santa Cruz de Bucaral, Parroquia Santa Cruz de Bucaral, Municipio Unión del Estado Falcón.
En consecuencia con respecto al Libro Principal de Nacimientos del año 1.968, llevados por la antigua Prefectura del Municip.....