Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Admite totalmente la Acusación y las Pruebas Ofrecidas por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público, y por la Admisión de los hechos se condena al ciudadano OSCAR ANTONIO GIL, titular de la cédula de identidad N° V-08.716.196, de 39 años de edad, Natural de Trujillo Estado Trujillo, nacido en fecha 29-10-66, hijo de Catalina del Carmen Gil Torrealba y Marcos Antonio Pérez, Profesión u Oficio Comerciante, grado de instrucción 4¿ año de Bachillerato; domiciliado en: Avenida Principal, Casa S/N°, al lado de la panadería Lucita, Monay, Estado Trujillo, a cumplir la pena de UN AÑO Y SEIS MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de ley establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por el delito de CONTRABANDO previsto y sancionado en el artículo 104 de la Ley Orgánica de Adu.....