Por todo lo antes expuesto este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: MEDIDA PREVENTIVA CAUTELAR DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR BIENES, propiedad del ciudadano TUTO LUGO DUPUY, venezolano, nacido en Santa Ana de Coro, Estado Falcón, casado, nacido en fecha 02/09/1962, Ingeniero Civil, titular de la cédula de Identidad, N° V-7.484.260, domiciliado en Parcelamiento Santa Ana, Calle Las Orquídeas, con esquina calle Los Nardos, Quinta Telde, Municipio Miranda del estado Falcón, teléfono 0414-682.01.19 y 0268-2522112. SEGUNDO: Se ordena oficiar al Ministerio de Interior y Justicia, para que a través de la Dirección de Registros y Notarías, se requiera a los diferentes Registros y Notarias que notifiquen a la mayor brevedad posible, si exist.....