Se le da entrada en fecha 11-08-2005, a Despacho de Comisión emanado del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, el cual se Decretó Medida Preventiva de Embargo sobre Bienes Muebles propiedad de los demandados de auto; en consecuencia este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordenará el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, previa solicitud del interesado, mediante auto separado.-
En fecha 29-09-2005, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia suscrita por el Abog. Abog. Gonmar Pérez Mendoza, quien actuando con el carácter de Endosatario en Procuración de la Empresa INVERSIONES PERFUMESSENCE, C.A., solicita a este Ejecutor la remisión del presente Despacho, por cuanto por diligencias realizadas por su persona, ha constatado que los demandados tienen su residencia en Las Calderas, Muni.....