Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara sin lugar la solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva de Privación Judicial Preventiva de Libertad de los ciudadanos: Andri Reyes Rodríguez, Titular de la Cédula de Identidad N° 21.545.703, 19 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio albañil y residenciado en el sector la Florida calle San Rafael, casa No. 32 de color amarilla, Coro, Estado Falcón, y Andriu Reyes Rodríguez, Titular de la Cédula de Identidad N° 19.449.166, 20 años de edad, de estado civil soltero, residenciado en el sector la Florida calle San Rafael, casa No. 32 de color amarilla, Coro, Estado Falcón, y ordena su inmediata libertad, Líbrese la respectiva Boleta de Libertad, quedando notificadas las parte.....