Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ADMITE; la presente demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, presentada por JESUS ALBERTO DICURU ANTONETTI, venezolano, civil y jurídicamente hábil, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 6.967.677, domiciliado en la Ciudad de Punto Fijo, del Estado Falcón, inscrito en el IPSA., bajo el Nº 73.581, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de los Ciudadanos: ADA PRESTE DE SUAREZ Y SANTIAGO SUAREZ FERREYRO, de nacionalidad Uruguaya y venezolana, mayores de edad, civil y jurídicamente hábiles, casados, titulares de las Cedulas de Identidad Nros. E-81.078.485 y V-13.203.413 respectivamente contra la empresa "DESARROLLOS 80699, C.A.", Sociedad Mercantil, constituida y domiciliada en Caracas, inscrita en el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, inserto bajo el Nº 92, Tomo 361-A Qto., de fecha 29 de Octubre de 1.999, en la pers.....