Ahora bien, del análisis realizado a los documentos anexos que se acompañan a la presente solicitud, este Tribunal pudo constatar el error en que incurrió el funcionario redactor. En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, Impartiendo Justicia, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento presentada por el ciudadano: ADOLFREDO ENRIQUE HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° V-3.096.363; domiciliado en la ciudad de Santa Ana de del Estado Falcón, debidamente asistido por el Abogado RAMÓN EMILIO REYES AULAR, Inpreabogado Nº 181.878, domiciliado en la Urbanización Las Eugenias, Calle 3. SEGUNDO: Se ordena a la Comisión de Registro Civil del Municipio Miranda del Estado Falcón, rectificar el acta de NACIMIENTO distinguida con el N° 165, de Año 1946 del.....