este Tribunal Primero de Control, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
PRIMERO: DECLARA sin lugar la solicitud del Fiscal del Ministerio Publico, en el sentido de decretarle a los imputados la Privación Judicial de Libertad. SEGUNDO: Acuerda decretar a los Imputados CARLOS FRANCISCO SANTELIZ, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 18/01/73, titular de la cedula numero 13.716.897, Domiciliado en EL sector Araguita o Complejo Said, segunda Calle, Casa S/N Tucacas, Estado Falcón, y ROGER ALEXANDER ROMERO ALCALA, Venezolano, Mayor de Edad, fecha de nacimiento 19/11/80, Titular de la Cedula de identidad No 14.701299, Domiciliado en Boca de Aroa, Calle José Ramón Yépez, detrás del Campamento de Vialpa, Casa S/N, las Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación de Libertad, establecidas en el Articulo 256, del Código Orgánico Procesal Penal, Ordinal 3° y 9°, consistentes en presentación cada 15.....