Se mantiene la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, dictada al ciudadano HENRY MENCIAS QUERO, venezolano, natural de Coro Estado Falcón, soltero, pescador, titular de la cédula de identidad nro V-13.026.733, y residenciado en el sector el cerro, Callejón Vargas, Casa sin número, Municipio Zamora del Estado Falcón, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano: MIGUEL ANGEL IBAÑEZ, dictada en fecha 21-03-2.011, por este Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón.