En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la apelación interpuesta por la abogado Sandra Blanco, en su carácter de apoderado del ciudadano WILLIAMS RAMON RAMONES SANCHEZ, contra el auto de fecha 14 de agosto de 2002, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede Punto Fijo, mediante el cual declaró sin lugar la oposición formulada por el apelante, y confirmó el embargo decretado el día 17 de enero de 2002, con motivo del juicio que por concepto de intimación, intentara el ciudadano ANTONIO FERNANDEZ PIMENTA, contra el ciudadano JOSE RAFAEL FEBRES PALOMO; sentencia que se revoca en todas sus partes.
SEGUNDO: Se revoca la medida de embargo preventivo decretada y practicada sobre el vehículo marca Ford, modelo Lariat XLT, año 87, .....