Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Admite la Acusación y las Pruebas Ofrecidas por la Fiscalía del Ministerio Público, y por la Admisión de los hechos se condena al ciudadano CARLOS EDUARDO MEDINA PALENCIA, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N. 12.496.258, nacido en fecha: 08-11-1974, de 31 años de edad, de estado civil: Soltero, de profesión u oficio: Comerciante, hijo de Juan Manuel Medina Reyes y Reina Coromoto Palencia, natural y residenciado en el Sector Nuevo Pueblo Sur, Calle Obispo al final, Casa S/N°, al lado de los Médicos Cubanos. Punto Fijo, Estado Falcón, a cumplir la pena de UN AÑO Y SEIS MESES, por el Delito de DETENTACION ILICITO DE ARMAS, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal (Antes de la última reforma), mas las accesorias esta.....