Por lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA: La Libertad del imputado: Humberto Rafael Díaz V., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.665.744, estado civil soltero natural de Punto Fijo, residenciado en Barrio Industrial Callejón 1, casa N° 07, como a una cuadra de la escuela Rafael Sánchez López de Punto Fijo, Nacido en fecha 08-06-83, de 21 años de edad, 2° año de instrucción, profesión: Vigilante, hijo de Humberto Rafael Díaz y Experta Virginia Velásquez por la presunta comisión de del delito de: HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, en grado DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 407 concatenado con el artículo 80, ambos del Código Penal en perjuicio del ciudadano: RAMÓN ANTONIO MIQUILENA DÍAZ, y le impone Medida Cautelar Sustitutiva de Libe.....