Por las consideraciones que anteceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación en interpuesto por el Abg. HUMBERTO CABALLERO MILEO, en su condición de Defensor Privado de la ciudadana LEYDRIS TIBISAY SANCHEZ, venezolana, de 34 años de edad, de profesión manicurista, titular de la cédula de identidad N ° V- 11.335.805, natural y residenciada en Caracas, las Mercedes, residencia las Clavelinas, apartamento Piso N ° 02-03, en contra de la decisión publicada en fecha 27 de enero del año 2006, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, el cual declaró culpable a la mencionada ciudadana, por la comisión del delito de ESTAFA EN GRADO DE FRUSTRACION.
SEGUNDO: Se modifica la calificación del delito imputado a la ciudadana LEYDRIS TIBIS.....