Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda PRIMERO: La entrega PLENA, al ciudadano: CIRO OBERTO CARRASQUERO LOPEZ, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Número V-3.678.108, domiciliado en charaima parroquia Baraived, municipio y estado falcón, del vehículo el cual presenta las siguientes características: MARCA FORD, MODELO F150, AÑO 1985, CLASE CAMIONETA, TIPO PICK UP, COLOR MARRON, USO CARGA, SERIAL DE MOTOR 6 CILINDROS, SERIAL DE CARROCERÍA AJF1FU161585, PLACAS 2161AO, SEGUNDO Queda plenamente autorizado para retirar el vehículo antes indicado su propietario CIRO OBERTO CARRASQUERO LOPEZ o en su defecto el ciudadano ABG. OSWALDO JOSE MORENO MENDEZ, mayor de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Número V-2.857.807, abogado en ejercicio, inscrito en el INPREABOGADO bajo el numero 3.563, de este domicilio, quien s.....