En consecuencia, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Parcialmente con lugar las apelaciones formuladas por los abogados Félix Irineo Sánchez Padilla y José Amalio Graterol, obrando en sus condiciones de apoderados de MARÍA ISABEL LOVERA AGUILAR y C.B.I. VENEZOLANA, S.A., respectivamente, contra la decisión dictada el 18 de marzo de 2004, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de esta Circunscripción Judicial, y mediante la cual declaró parcialmente la demanda que por entrega de inmueble arrendado, pago de servicios públicos insolutos, mejoras no ejecutadas, pago de declaratoria penal, daños y perjuicios, lucro cesante intentara cumplimiento de contrato, intentara la ciudadana MARÍA ISABEL LOVERA AGUILAR contra la mencionada sociedad, sentencia que se modifica según los fundamentos de esta decisión.
SEGUNDO: En consecuencia, se declara parcialmente con luga.....