Por las razones expuestas este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACION, UNION, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio hecha por los ciudadanos: FRAGDIS GREGORIA PUERTA TOVAR y ELADIO SIMON DELGADO RAGA, Venezolanos, mayores de edad, cónyuges, Ama de Casa y Obrero, titulares de las cédulas de identidad N°s. V-12.177.768 y V-11.272.779, respectivamente, domiciliados la primera en la Calle Bolívar de la Población de Santa Cruz de Bucaral, Municipio Unión del Estado Falcón y el segundo en el Sector La Danta de la Población de Santa Cruz de Bucaral, Municipio Unión del Estado Falcón, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio DANIELLA RAMIREZ HURTADO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 133.640. En consecuencia queda DISUELTO el vinculo matrimonial que los une contraído por ellos, en fecha.....