este Tribunal Primero de Ejecución de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, DECLARA FORMALMENTE ejecutada la sentencia dictada por el Tribunal 3º de Juicio de esta Circunscripción Judicial Penal, en contra de los penados: OLGA COROMOTO DIAZ, venezolana, nacida en fecha 9-9-74, titular de la cédula de identidad Nº V-12.736.754, natural de Coro Estado Falcón y domiciliado en sector Zumurucuare , calle Mariño, casa s/n, Coro estado Falcón e ISMAEL ANTONIO DIAZ ACOSTA, venezolano, nacido en fecha 22-12-66, titular de la cédula de identidad Nº V-10.702.129, natural de Coro Estado Falcón y domiciliado en sector Sabana Larga, calle 8, casa s/n, detrás del hotel Sabana Larga, Coro estado Falcón, que los condenó a cumplir la pena de TRES (3) AÑOS Y SEIS (6) MESES de prisión por la comisión del delito de: TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS DE SUSTANCIAS ESTUPEFACEINTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO previsto y sancionado en el artículo .....