este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con Sede en Punto Fijo, Administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA, suficientemente a la ciudadana NIDYA MARGARITA LUGO CALATAYUD, titular de la cedula de identidad Nº V-12.588.691, madre de la niña se omite el nombre, para que en nombre de ésta, la represente por ante la Empresa Aseguradora La Previsora, y en su nombre pueda gestionar los conceptos necesarios y requeridos que como heredera de su legítimo padre JUAN CARLOS GARCIA YANEZ, fallecido en fecha 19 de agosto de 2012. Advirtiéndole a las oficinas pagadoras que la cuota-parte de la niña, deberán ser remitida al Tribunal, en cheque de gerencia a nuestro favor en su oportunidad, y posteriormente se proveerá lo conducente en beneficio de los mismos. Expídase por Secretaria, Copi.....