DECISION
En merito de los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y Por Autoridad de la Ley, decreta:
UNICO: INADMISIBLE la demanda INTERDICTO RESTITUTORIO AGRARIO, presentada por el ciudadano DOMINGO ANTONIO DAVILA YANEZ, asistido de abogados, actuando en contra del ciudadano ROYMAN EDWIN MILANO PRIMERA,, Up Supra identificados.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los 06 días del mes de Mayo de dos mil quince (2015). Años: 204º de la Independencia y 156º de la Federación.
El Juez Provisorio,
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