En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Niños y Adolescente de esta Circunscripción Judicial, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin lugar la apelación interpuesta por el abogado Carlos Arévalo Vargas, en su carácter de apoderado de la UNION DE CONDUCTORES LOS MEDANOS, S.C., contra la sentencia dictada el 14 de abril de 2004, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Trabajo de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual declaró con lugar la demanda que por intimación de honorarios profesionales intentara contra la apelante los abogados PEDRO SIERRA GRATEROL, MARCOS ALBERTO CORONADO y CRUZ ALEJANDRO GRATEROL ROQUE.
SEGUNDO: En consecuencia, la nulidad de todo el proceso, incluida la sentencia condenatoria apelada, y ordena la reposición del procedimiento al estado.....