Por los motivos expuestos, este Juzgado Primero de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos VICTOR DAVID MARAPACUTO SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.789.126, domiciliado en la Avenida General Pelayo, Calle Cabure con Héctor Peña, Urbanización Oasis I, Casa Nº 04, Puerta Maraven, Jurisdicción del Municipio Carirubana del Estado Falcón y JOHANNA DARIAS GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.074.583, domiciliada en la Calle Real Nº 77, Buzanada, Arona, Tenerife, (España) y de transito por esta Jurisdicción del Municipio Falcón del Estado Falcón, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil venezolano, y en consecuencia:
PRIMERO: Se declara DISUELTO el .....