Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Control del circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa ana de Coro, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, ACUERDA la inmediata y PLENA LIBERTAD de conformidad con lo establecido en los Articulos 44 de la Constitucion de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los articulos 8, 9 y 243 del Código Orgánico Procesal penal a favor de los ciudadanos: VICTOR MANUEL FUGUET QUERALES, venezolano, FN: 26/05/85, Titular de la cédula de identidad N° V-18.481.681, natural y residenciado en la poblción de Sabaneta, frente al liceo Guillermo Cuastin y JORGE CHIRINOS CASTELLANOS, venezolano, NPDP, natural y residenciado en la Población de Sabaneta, Sector La Concordia, casa S/N, a quienes como se dijo anteriormente se les imputa uno de los delitos Previstos y sancionados en el Código penal venezolano, en perjuicio d.....