este JUZGADO CUARTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN, SEDE SANTA ANA DE CORO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley resuelve: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud fiscal. SEGUNDO: Se decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA para el ciudadano ENMANUEL MARCONI SANCHEZ CAMACHO, venezolano, de 36 años de edad, casado, cedula de identidad N° V.- 15.703.609, fecha de nacimiento 21-06-1980, profesión u oficio: taxista, residenciado Urbanización Las Velitas, Bloque 31, apartamento 01-07, Coro, Estado Falcón, teléfono: 0414-699-0441, 0416-224-8660 (ESPOSA), de conformidad con lo establecido en el numeral 4º del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: De conformidad con lo establecido en el articulo 301 del Código Orgánico Procesal Penal se decreta el cese de toda medida que pese sobre el ciudadano.